BAJA DE DOMICILIACIÓN DE RECIBOS

Descripción

El objeto de este trámite es permitir a los ciudadanos efectuar la baja de domiciliaciones de recibos existentes sobre un conjunto de tributos. De esta forma, los recibos pasan a enviarse al domicilio fiscal asociado al tributo, siendo responsabilidad del titular del tributo ejecutar el pago de los mismos en las dependencias de la Administración Pública destinadas a tal efecto o en las Entidades que presten el servicio de caja y entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria. Así, mediante este trámite un ciudadano identifica un conjunto de tributos domiciliados mediante una misma cuenta bancaria y solicita la baja de dicha domiciliación para proceder a efectuar los pagos sucesivos de forma presencial. Los tributos que el ciudadano podrá dar de baja en la domiciliación mediante el presente trámite son, entre otros:

  1. Impuesto de Vehículos de Tracción Motora.
  2. Impuesto de Bienes Inmuebles.
  3. Vado.
  4. Impuesto de Actividades Económicas.
  5. Demás impuestos establecidos en las ordenanzas municipales.

Quién puede realizar el trámite

La baja de la domiciliación podrá llevarse a cabo indistintamente, por el titular de la cuenta bancaria o el titular del recibo.

Plazos:

Plazo de presentación de la solicitud

La revocación de la domiciliación deberá producirse dentro del plazo para efectuar la presentación de autoliquidaciones con domiciliación del pago, salvo que la normativa reguladora de cada tributo establezca otro plazo diferente.

Plazos de resolución del trámite

Para el caso de que no exista plazo específico de resolución,el plazo máximo será de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo de validez del documento

Las bajas de domiciliación tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no se solicite una nueva domiciliación por parte del interesado.

Normativa aplicación

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Real Decreto 939/2005 de 29 julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
  • Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Ordenanzas municipales aplicables.

Realizar el Trámite

A-.Realización del trámite por internet

Indicaciones:

Para realizar la Solicitud de Baja de Domiciliación de Recibos de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.

Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación de la persona interesada.
  • Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
  • Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.

B-.Realización del trámite por teléfono

Teléfono de atención al ciudadano:

956132011

C-.Realización del trámite presencialmente

Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Documento de Identificación del interesado.
  • Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación de la persona interesada.
  • Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
  • Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.

Dirección donde realizar el trámite:

PLAZA España, 1. GRAZALEMA (CÁDIZ).

Telf:

956132011

Horario:

De 09:00 a 14:00

Costes:

Los costes son los correspondientes a las tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio.