TRÁMITES DISPONIBLES - Ayuntamiento de Grazalema
BAJA EN EL REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO
Descripción
El objeto de este trámite es el de solicitar la baja en el Registro de Parejas de Hecho, siempre que los trámites de inscripción básica o de alta en el mismo se realizaran en este Ayuntamiento, haciendo constar así la disolución de la pareja de hecho o el traslado de la residencia habitual de ambos miembros de la pareja de hecho fuera de la Comunidad Autónoma.
La baja en el Registro podrá producirse a instancia de parte, conjunta o separadamente por los miembros de la pareja de hecho o de oficio y para ello deberá deberá acreditarse la existencia de algunos de los casos siguientes:
- Muerte o declaración de fallecimiento de alguno de sus integrantes.
- Matrimonio de la pareja o de uno de sus miembros.
- Mutuo acuerdo.
- Voluntad unilateral de uno de sus integrantes.
- Cese efectivo de la convivencia por un período superior a un año.
- Traslado de la residencia habitual de ambos miembros de la pareja de hecho fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Registro de Parejas de Hecho tendrá carácter administrativo y será único, sin perjuicio de su gestión descentralizada en los municipios de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, la Administración de la Junta de Andalucía asumirá las correspondientes funciones de coordinación.
La inscripción de baja de la pareja de hecho comportará, tanto la pérdida de los efectos de la inscripción básica, como de las marginales y complementarias.
Quién puede realizar el trámite
Cualquier persona integrante de la Pareja de Hecho anteriormente inscrita.
Plazos:
Plazo de presentación de la solicitud
No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte del interesado.
Plazos de resolución del trámite
El plazo para dictar y notificar la resolución será de un mes, contado desde la presentación de la solicitud.
Transcurrido el plazo mencionado sin que hubiera recaído y se hubiera notificado la resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse estimadas.
Normativa aplicación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.
- Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho.
- Orden de 4 de abril de 2005, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Ordenanzas municipales aplicables.
Realizar el Trámite
A-.Realización del trámite por internet
Indicaciones:
Para realizar la Solicitud de Baja en el Registro de Parejas de Hecho de forma electrónica ,es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.
Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- Copia de los documentos de identificación de las personas solicitantes (DNI, Pasaporte, tarjeta de residencia o equivalente).
- Documentación a incorporar según el motivo de la baja:
- Certificado del Registro Civil o declaración judicial de fallecimiento, en caso de muerte o declaración de fallecimiento de alguno de sus integrantes.
- Certificación del Registro Civil o copia del libro de familia, en caso de matrimonio de la pareja o de uno de sus miembros.
- Declaración responsable, en caso de disolución por mutuo acuerdo, cese efectivo de la convivencia por período superior a un año, o voluntad unilateral de uno de sus integrantes.
- Certificación de baja en el padrón municipal, en caso de traslado de residencia habitual de ambos miembros de la pareja de hecho a otra Comunidad Autónoma.
- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.
- Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
- Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.
B-.Realización del trámite por teléfono
Teléfono de atención al ciudadano:
956132011
C-.Realización del trámite presencialmente
Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- Documento de Identificación del interesado.
- Copia de los documentos de identificación de las personas solicitantes (DNI, Pasaporte, tarjeta de residencia o equivalente).
- Documentación a incorporar según el motivo de la baja:
- Certificado del Registro Civil o declaración judicial de fallecimiento, en caso de muerte o declaración de fallecimiento de alguno de sus integrantes.
- Certificación del Registro Civil o copia del libro de familia, en caso de matrimonio de la pareja o de uno de sus miembros.
- Declaración responsable o comparecencia personal, ante las personas encargadas de la tramitación de la solicitud de inscripción así como ante notario público, para los supuestos de disolución por mutuo acuerdo, cese efectivo de la convivencia por período superior a un año, o voluntad unilateral de uno de sus integrantes.
- Certificación de baja en el padrón municipal, en caso de traslado de residencia habitual de ambos miembros de la pareja de hecho a otra Comunidad Autónoma.
- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.
- Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
- Otra documentación que corresponda.
Dirección donde realizar el trámite:
PLAZA España, 1. GRAZALEMA (CÁDIZ).
Telf:
956132011
Horario:
De 09:00 a 14:00
Costes:
Los costes asociados serán los correspondientes a las tasas establecidas en la ordenanza del Municipio.