TRÁMITES DISPONIBLES - Ayuntamiento de Grazalema
CERTIFICADO DE CONVIVENCIA
Descripción
Obtención del documento que acredita fehacientemente la residencia y el domicilio habitual, constatando el empadronamiento o los empadronamientos, dentro de un municipio, de una persona en un periodo determinado de tiempo, el estado de variación y el tipo de variación del interesado. El certificado, a diferencia del volante, es el único documento que acredita fehacientemente la residencia individual o colectiva de un ciudadano y por tanto constituye prueba fehaciente ante cualquier proceso administrativo o judicial.
El certificado de empadronamiento histórico sólo es necesario cuando lo requiere un organismo oficial o notario para determinados trámites o situaciones excepcionales o en el caso de que sea pedido expresamente. Se solicita en los casos en que el documento tenga que presentarse ante los siguientes organismos o para las siguientes tramitaciones:
- Organismos judiciales (juzgados y tribunales).
- Organismos militares o autoridades extranjeras.
- Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, etc.).
- Declaraciones de herederos.
- Otros Registros Oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, INEM, Universidades.
- Residencia por arraigo (es necesario acreditar tres años de residencia).
- Reconocimiento de situación de dependencia.
NOTA: Si tiene que acreditar donde consta a fecha de hoy en el Padrón municipal, tendrá que solicitar un volante.
Quién puede realizar el trámite
- Cualquier persona mayor de 16 años que esté empadronada en el municipio.
- En el caso de menores de 16 años no emancipados empadronados en el municipio, el certificado de empadronamiento deberá ser solicitado por sus padres o representantes legales.
- En caso que el certificado se tenga que emitir a nombre de una persona difunta, lo puede solicitar el cónyuge, los hijos o la persona que conste como heredera (acreditado mediante el testamento). Los notarios, en ejercicio de sus funciones, también lo pueden solicitar en nombre de los descendientes y/o ascendentes del difunto.
- Administraciones Públicas.
Plazos
Plazo de presentación de la solicitud
No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte del interesado.
Plazos de resolución del trámite
Para el caso de que no exista plazo específico de resolución, el plazo máximo será de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de validez del documento
El plazo de validez del certificado lo establece la Administración que lo expide y empieza a contar desde la fecha de expedición del mismo.
Normativa aplicación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- La Ley 4/1996, de 10 de Enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal.
- Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de Julio.
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Ordenanzas municipales aplicables.
Realizar el Trámite
A-.Realización del trámite por internet
Indicaciones:
Para realizar la Solicitud de Certificado de Empadronamiento de forma electrónica es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.
Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación de la persona interesada.
- Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
- Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.
B-.Realización del trámite por teléfono
Teléfono de atención al ciudadano:
956132011
C-.Realización del trámite presencialmente
Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- Documento de Identificación del interesado.
- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación de la persona interesada.
- Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
- Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.
Dirección donde realizar el trámite:
PLAZA España, 1. GRAZALEMA (CÁDIZ).
Telf:
956132011
Horario:
De 09:00 a 14:00
Costes:
Los costes son los correspondientes a las tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio.