TRÁMITES DISPONIBLES - Grazalema
INFORME DE PAGO DE TRIBUTO
Descripción
Mediante el presente procedimiento los ciudadanos, en cualquier momento, pueden solicitar la expedición de certificaciones o justificantes de pago de los tributos gestionados por este Ayuntamiento. El certificado o justificando emitido por el Ayuntamiento acredita que se ha efectuado el pago de un determinado tributo, un precio público o una multa.
Quién puede realizar el trámite
El solicitante debe ser el obligado al pago del tributo correspondiente al informe solicitado.
Plazos
Plazo de presentación de la solicitud
No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte del interesado, sin embargo es condición necesaria para obtener el informe que se haya ejecutado el pago del tributo en los ejercicios indicados.
- Plazos de resolución del trámite
Para el caso de que no exista plazo específico de resolución,el plazo máximo será de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de validez del documento
En cualquier momento, siempre que se haya efectuado el pago del correspondiente tributo, precio público o multa.
Normativa aplicación
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 939/2005 de 29 julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Ordenanzas municipales aplicables.
Realizar el Trámite
A-.Realización del trámite por internet
Indicaciones:
Para realizar la Solicitud de Informe de Pago de Tributo de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.
Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación de la persona interesada.
- Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
- Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.
B-.Realización del trámite por teléfono
Teléfono de atención al ciudadano:
956132011
C-.Realización del trámite presencialmente
Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- Documento de Identificación del interesado.
- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación de la persona interesada.
- Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.
- Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.
Dirección donde realizar el trámite:
Dirección PLAZA España, 1. GRAZALEMA (CÁDIZ).
Telf:
956132011
Horario:
De 09:00 a 14:00
Costes:
Los costes son los correspondientes a las tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio.











