RECLAMACIÓN DE MULTAS DE TRÁFICO

Descripción

El presente trámite permite al ciudadano reclamar cuando considere conveniente, una denuncia formulada por un agente por Agente de la Autoridad Municipal debidamente notificada, formando este tramite parte del procedimiento general del régimen sancionador en materia de tráfico.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 320/1994, por el que se aprueba el procedimiento del régimen sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, el denunciado dispone de quince días para la presentación de alegaciones ante el órgano competente: Jefatura Provincial de Tráfico o Ayuntamientos, cuando no esté conforme con los hechos detallados en la denuncia por infringir las normas de tráfico.

Es importante destacar que su presentación implica la imposibilidad de beneficiarse de la reducción legal sobre la cuantía de la sanción propuesta, esto es, la reducción del 50 por ciento del importe de la sanción, asi como del resto de consideraciones que conlleva el pago voluntario de la multa.




Quién puede realizar el trámite

El titular del permiso o licencia de conducción sancionado.

Plazos:

Plazo de presentación de la solicitud

El plazo para que el ciudadano alegue cuanto considere conveniente a su defensa y proponga las pruebas que estime oportunas es de quince días desde la notificación de la denuncia por los órganos instructores competentes.

  • Plazos de resolución del trámite

La resolución habrá de notificarse en el plazo de un año desde que se inició el procedimiento, deberá ser motivada y decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento.

Transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento sin que haya recaído resolución sancionadora, se producirá la caducidad de éste y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar la resolución.




Normativa aplicación

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre Tasas de la Jefatura Central de Tráfico.
  • Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Ordenanzas municipales aplicables.

Realizar el Trámite

A-.Realización del trámite por internet

Indicaciones:

Para realizar la Reclamación de Multas de Tráfico de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.




Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:

- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.

- Documento de representación, en caso de que exista representación de la persona interesada.

- Otra documentación que corresponda.




B-.Realización del trámite por teléfono

Teléfono de atención al ciudadano:

956132011




C-.Realización del trámite presencialmente

Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:

- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

- Documento de Identificación del interesado.

- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.

- Documento de representación, en caso de que exista representación de la persona interesada.

- Otra documentación que corresponda.




Dirección donde realizar el trámite:

Dirección PLAZA España, 1. GRAZALEMA (CÁDIZ).

Telf:

956132011

Horario:

De 09:00 a 14:00

Costes:

Los costes son los correspondientes a las tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio.